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El tribunal europeo dicta que Bélgica debe entregar a los líderes del ‘procés’ salvo que constate fallos “sistémicos” en la justicia española

Roter.Teufel

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El tribunal europeo dicta que Bélgica debe entregar a los líderes del ‘procés’ salvo que constate fallos “sistémicos” en la justicia española

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La sentencia del TJUE es clave en el futuro de Carles Puigdemont y el resto de exdirigentes catalanes huidos, que están también a la espera de una decisión sobre su inmunidad como eurodiputados


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha puesto límites este martes a las posibilidades de Bélgica de seguir denegando la entrega a España del expresidente catalán Carles Puigdemont y el resto de exdirigentes de la Generalitat catalana que huyeron a Bruselas en 2017, sobre los que el Tribunal Supremo había emitido sendas órdenes de detención europeas para poder juzgarlos por su papel clave en el referéndum y la declaración ilegal de independencia de aquel año. El TJUE determina que un país miembro de la UE (en este caso, Bélgica) no puede negarse a cumplir con una euroorden de detención dictada por otro país miembro (en este caso, España), salvo que llegue a dos conclusiones después de realizar un examen a fondo del caso: que en ese Estado existen “deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial” y que hay “razones serias y fundadas” para creer que la persona reclamada, en caso de ser entregada, corre el riesgo de que “se vulnere su derecho fundamental a un proceso equitativo”.


La sentencia supone un primer espaldarazo para la justicia española, que siempre ha sostenido que Bélgica no podía negarse a entregar a los fugados del procés, pero no implica un desbloqueo inmediato de la situación. De hecho, los líderes independentistas y sus abogados han celebrado el fallo del TJUE como una respuesta “positiva” a su batalla jurídica por impedir su entrega a España. “La sentencia del TJUE deja las extradiciones en vía muerta”, ha afirmado Puigdemont desde la sede del Parlamento Europeo en Bruselas, en una comparecencia conjunta con los otros exconsejeros afectados por la sentencia, los también eurodiputados Toni Comín y Clara Ponsatí, así como el exconseller Lluis Puig, entre otros, tras analizar la sentencia.


La justicia belga lleva cinco años paralizando la entrega de los exdirigentes huidos, alegando —como hacen el propio Puigdemont y el resto de acusados— que el Tribunal Supremo español no es competente para juzgar este caso. Ahora, en su sentencia, el TJUE sostiene que, en principio, “una autoridad judicial de ejecución no dispone de la facultad de negarse a ejecutar una orden de detención europea (ODE) basándose en un motivo de no ejecución que se derive exclusivamente del Derecho del Estado miembro de ejecución”. Una denegación de una euroorden, subraya, “debe tener carácter excepcional”. Lo que sí podría hacer Bélgica, agrega la sentencia, es “aplicar una disposición nacional que prevea que se denegará la ejecución de una ODE cuando esa ejecución daría lugar a la vulneración de un derecho fundamental”.


Para el abogado principal del expresidente catalán, Gonzalo Boye, el tribunal de Luxemburgo viene a decir que “Bélgica lo hizo bien” y que “reconoce una lucha que ha sido constante, la lucha colectiva”, algo que, confía, tendrá “consecuencias” en la otra gran decisión judicial europea pendiente, relativa a la inmunidad como eurodiputados de Puigdemont, Comín y Ponsatí, que se espera en las próximas semanas o meses.


Sin embargo, puntualizan los jueces de Luxemburgo, llegar a la conclusión de que el país demandante de la euroorden podría vulnerar un derecho fundamental es algo que, si se decide a hacerlo, deberá estar muy bien fundamentado por parte de la justicia belga: por un lado, debe demostrar que hay “deficiencias sistémicas o generalizadas” en el funcionamiento del sistema judicial español (en este caso). Además, continúa el TJUE, debe indicar “de modo concreto y preciso (…) si existen razones serias y fundadas” para creer que la persona reclamada por la justicia española “correrá tal riesgo en caso de ser entregada” a España. Y ello requeriría que se realice una “solicitud previa de información complementaria a la autoridad judicial emisora”, en este caso España.


La sentencia es la respuesta del tribunal europeo con sede en Luxemburgo a las cuestiones prejudiciales (preguntas dirigidas al TJUE) remitidas por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena en 2021, después de que la justicia belga rechazara entregar a España al exconseller Lluis Puig, procesado por malversación y desobediencia. Según la argumentación de Bélgica, el tribunal competente para reclamar su extradición no era el Supremo, sino los tribunales catalanes. Además, indicó que si era entregado a España, podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.


El pasado verano, el abogado general de la UE Richard de la Tour emitió una opinión dando la razón a España al considerar que Bélgica no puede cuestionar la competencia del Tribunal Supremo español para emitir una euroorden ni puede denegar tampoco la entrega de los fugados del procés alegando una posible vulneración de derechos fundamentales si no demuestra antes la existencia de “deficiencias sistémicas” en la justicia española. Aunque el TJUE no tiene por qué seguir el razonamiento de sus abogados generales, suele tener muy en cuenta sus argumentos. En este caso, no obstante, los ha matizado bastante. El Abogado General también se manifestó favorable a otra pregunta de Llarena: si podría cursar una nueva euroorden contra Puig si el TJUE decide que Bélgica incumplió las normas de la UE. Ahora, el TJUE dice que sí, aunque, de nuevo, con limitaciones: “Pueden emitirse varias ODE sucesivas contra una persona buscada con el fin de obtener su entrega por un Estado miembro después de que dicho Estado se haya negado a ejecutar una primera ODE dirigida contra esa persona”, señala la sentencia. Pero la nueva euroorden, advierte, “no debe dar lugar a una vulneración de los derechos fundamentales de dicha persona”, por lo que, sobre todo, su emisión debe tener “carácter proporcionado”.


Con su cuestión prejudicial, Llarena buscaba aclarar el alcance de las euroórdenes antes de que la justicia belga se pronuncie sobre los expedientes de Puigdemont y de los exconsejeros y ahora eurodiputados Toni Comín y Clara Ponsatí, a los que también quiere juzgar la justicia española. Antes, el Tribunal General de la UE (TGUE) debe fallar sobre otro proceso clave: el recurso de los independentistas catalanes contra la decisión del Parlamento Europeo de retirarles la inmunidad, precisamente tras un suplicatorio de Llarena para poder extraditarlos y juzgarlos en España. La justicia belga congeló la tramitación de esas euroórdenes hasta que Luxemburgo resuelva el fondo de este asunto.


Por otra parte, después de que este mismo enero entrara en vigor la reforma del Código Penal que deroga el delito de sedición, el juez del Tribunal Supremo reformuló el auto de procesamiento contra Puigdemont para suprimir ese delito. Mantuvo una orden de busca y captura para el expresidente y los exconsejeros Comín y Puig por malversación y desobediencia, pero en el ámbito nacional. Llarena dejó sin efecto las euroórdenes contra los eurodiputados, a la espera tanto de la decisión de este martes como del fallo respecto de la inmunidad.


Para el eurodiputado de Ciudadanos Adrián Vázquez, la sentencia del TJUE “allana el camino para la entrega de los fugados de la justicia”. También los representantes del Partido Popular en Bruselas han saludado la decisión judicial de Luxemburgo. El eurodiputado popular Javier Zarzalejos incide en que la sentencia “pone fin a la falacia que algunos han comprado según la cual si los prófugos de la Justicia española no han sido entregados se debía a que los delitos de los que se les acusaba no estaban a lineados con los principios jurídicos de la Unión Europea”.

“Respaldo” al Supremo

En una conversación con periodistas tras la entrega de los despachos a los nuevos jueces en Barcelona, el presidente en funciones del Tribunal Supremo, Francisco Marín, ha expresado su satisfacción por la resolución del TJUE. “Es un respaldo al Supremo y al juez instructor, el sentimiento que hay es de satisfacción”. Marín considera que la sentencia deja claro que los Estados miembros “no pueden entrar a analizar la competencia” del país que emite la orden. En el caso de Puigdemont, ha agregado, “los tribunales belgas no tienen por qué negar la competencia del Tribunal Supremo”, informa Jesús García.


Sobre la excepción de que pueda constatarse un “fallo sistémico”, el presidente en funciones ha subrayado que en España “está claro que no hay ninguna deficiencia sistémica o estructural que ponga en riesgo un proceso equitativo a las personas que sean entregadas a España en virtud de una orden de detención”. Marín se ha mostrado prudente sobre la necesidad de dictar un nuevo suplicatorio y ha expresado su respeto a la “independencia” del juez Pablo Llarena para tomar las decisiones que considere oportunas.


Minutos antes, el Rey Felipe VI ha presidido el acto de entrega, en Barcelona, de los despachos a los 171 nuevos jueces. “Desde hoy sois también, no lo olvidéis, jueces europeos (...) Vuestra independencia resulta imprescindible para asegurar la eficacia y la aplicación uniforme del derecho en la Unión y la defensa de sus valores”, ha dicho el monarca, que ha subrayado la importancia de la independencia judicial en un Estado de Derecho. La sociedad española confía en un poder judicial integrado por “hombres y mujeres independientes, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley”, ha dicho Felipe VI en el Auditorio del Fòrum de Barcelona.

EL Pais
 
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